INDOTEL advierte sancionará empresas telefónicas por mala calidad de servicios
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), advirtió este lunes a las empresas telefónicas que aplicará sanciones a las que no ofrezcan un servicio continuo y sin interrupciones a sus usuarios y clientes, como forma de garantizar servicios de calidad en el país.
El presidente del INDOTEL, Carlos Amarante Baret, informó que el Consejo Directivo aprobó la Resolución 110-12 que modifica el Reglamento General de Servicio Telefónico, en el cual se establece, entre otras medidas, un plazo de dos horas de interrupciones para que las prestadoras tengan que resarcir a los usuarios y clientes del servicio, sin importar que se trate de clientes pre-pago o post-pago.
Explicó que según este Reglamento, “los usuarios tendrán derecho a la aplicación de un crédito por la avería, total o parcial, del servicio cuando ésta se produzca por causas que no sean imputables al usuario, salvo causa de fuerza mayor”.
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Indicó que la aplicación del crédito al que se refiere la medida, procederá en el caso de avería tipo dos, que son la interrupción o degradación del servicio en un periodo de tiempo mayor de dos horas o por periodos de tiempos menores en reiteradas ocasiones durante el transcurso de 30 días.
Amarante Baret señaló que se aplicará el crédito independientemente de la duración de cada evento y aun cuando la suma de los periodos de las reiteraciones de averías no totalicen dos horas.
El Reglamento también establece que en todos los casos, de avería tipo uno y avería tipo dos, “el crédito deberá corresponderse con el tiempo total que permanezca la avería, total o parcial, del servicio afectado”.
“El elemento más significativo que ha motivado la modificación del Reglamento General del Servicio Telefónico ha sido fortalecer el derecho de los usuarios a disfrutar de un servicio continuo, sin interrupciones injustificadas, derecho consagrado, tanto en la Ley General de Telecomunicaciones como en la Constitución de la República, como un atributo de un servicio público delegado por el Estado mediante una concesión” señaló.
El funcionario dijo que la medida contenida en la referida resolución aprobó modificaciones al Reglamento General del Servicio Telefónico, la fue adoptada luego que el órgano regulador detectó la necesidad de incluir en la norma objeto del procedimiento de consulta pública aspectos vitales para el desarrollo del servicio telefónico en el país.
“El objeto del presente Reglamento es el establecimiento de un marco normativo que regule las relaciones entre las Prestadoras de Servicio Telefónico y sus clientes y usuarios, en cualquiera de las modalidades, postpago o prepago, independientemente de la tecnología que se utilice para la prestación del servicio, así como cualquier otra forma de contratación del servicio, de manera que se garanticen los derechos de cada una de las partes y queden de manera explícitas las obligaciones respectivas”, según el documento.
El Consejo directivo las opiniones no vinculantes de las concesionarias Claro, Viva, Orange Dominicana, OneMax y Tricom, así como de la Asociación Dominicana de Empresas de Telecomunicaciones (ADOMTEL), del Instituto Nacional de Protección de los Derechos de los Consumidores (Proconsumidor), Caribe Servicios de Información Dominicana y de usuarios particulares.
“La realidad es que los usuarios que disponen de servicios de telecomunicaciones contratados bajo la modalidad de prepago representan más del ochenta (80%) por ciento del mercado en la República Dominicana” y que si el órgano regulador permite el crédito por avería sólo a los usuarios post-pago, “estaría protegiendo los derechos de la ínfima minoría”.
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